Menores Centroamericanos (CAM): Reiniciando Programa para Ciertos Solicitantes

Si tu familia solicitó bajo el programa de Permisos Humanitarios para Menores Centroamericanos (CAM, por sus siglas en inglés) pero no viajó antes de que la Administración de Trump terminará el programa, tu puedes ser elegible para viajar ahora bajo un acuerdo judicial del 2019.

Línea Directa CAM: El International Rescue Committee (Comité Internacional de Rescate, “IRC” por sus siglas en inglés) opera una línea directa en colaboración con IRAP para responder a preguntas generales de familias CAM afectadas por la reapertura del programa de Permiso Humanitario CAM. Por favor ten en cuenta que la Línea Directa CAM no puede brindar asesoramiento legal y debes dejar un mensaje para recibir una llamada.

Línea Directa en EE.UU.: (917) 410-7546
Línea Directa en El Salvador: +503 2113 3539
Correo electrónico: info@menoresCAM.com

Un acuerdo en el caso S.A.v. Trump volvió a abrir el programa CAM para unas 2,700 personas que habían sido aprobadas condicionalmente para el permiso humanitario antes de que el programa terminara. Esta página proporciona información general sobre quién es elegible y el procesamiento de la solicitud.

El Proyecto de Asistencia para el Refugiado Internacional (“IRAP”) brinda asistencia legal gratuita a los refugiados y a las personas desplazadas. IRAP no es parte del gobierno de EE.UU. ni de la OIM. Esta guía proporciona información general y no pretende ser un consejo legal para solicitantes individuales. Esta información fue revisada en marzo del 2020.

Últimas Actualizaciones sobre el Procesamiento de Solicitudes CAM
Fecha de la última actualización: marzo del 2021
Para más información sobre estas actualizaciones, deslice a los menús desplegables a continuación.
  • **NUEVO: ¡El gobierno anunció que reiniciará el programa CAM! Vea la declaración oficial del Departamento de Estado aquí. Por favor vuelva a consultar para obtener más actualizaciones; proporcionaremos más detalles tan pronto como los sepamos.**
  • Covid-19: Estamos monitorizando de cerca el impacto del Covid-19 en el procesamiento CAM.
    • Vuelos comerciales internacionales han reanudado desde El Salvador y Guatemala a partir de septiembre de 2020 y de Honduras a partir de Agosto de 2020.Han reanudado exámenes médicos en cada uno de los países, pero con disponibilidad y capacidad reducida.
    • Gracias a una donación generosa, los beneficiarios del programa CAM no tendrán que pagar para retomar exámenes médicos debido al retraso en viajes causado por Covid-19.
  • Si no ha recibido un reembolso por el pago de los exámenes de ADN, podría obtener un reembolso. Revise esta guía y a continuación para más información.
  • Para todas las personas con permiso humanitario de permanencia temporal CAM que hayan llegado a los Estados Unidos, consulte este folleto (en español e inglés), que proporciona pasos importantes a seguir al llegar y otros recursos y guías útiles.
    • Y si recibió menos de 2 años de permiso humanitario de permanencia temporal en su sello de pasaporte, llame a la Línea Directa cuanto antes.
  • Todas las familias elegibles para el procesamiento del permiso temporal del CAM o Parole deberían haber recibido una carta de parte del gobierno en el verano del 2019. Si no la recibió o tiene preguntas, siga leyendo a continuación.
  • Debe llamar a la línea directa CAM (número se encuentra arriba) inmediatamente si:
    • Le dijeron que su caso está siendo cerrado “administrativamente.”
    • Fue contactado para ser “re-entrevistado”.
  • Para los beneficiarios del permiso temporal del programa CAM aprobados a viajar a los Estados Unidos:
    • Todos los vuelos a los Estados Unidos son gratuitos, gracias a un nuevo programa generoso dirigido por United Airlines, The Shapiro Foundation y otros donantes en los Estados Unidos. **Si recibe una llamada telefónica pidiendo pagos del vuelo CAM, esto es una estafa. Contacta a la OIM o a la línea directa CAM para asistencia.**
    • Antes de viajar, lea esta guía e imprima una copia para llevar con usted.
    • Siga leyendo a continuación para “Pasos importantes a tomar después de su llegada a los Estados Unidos.”
  • Para defensores y abogados:
    • Siga leyendo a continuación para los folletos de recursos comunitarios para los beneficiaros del permiso temporal del CAM en varias regiones de los Estados Unidos, producidos por IRAP.
    • El más reciente informe gubernamental ante el tribunal sobre el procesamiento CAM está aquí.

Adelante, CIMITRA: el Centro de integración para migrantes, trabajadores y trabajadoras (CIMITRA), una organización no gubernamental con sede en San Salvador está colaborando con IRAP para proporcionar información y apoyo a los beneficiarios de CAM en Centroamérica para ayudarlos a navegar el proceso CAM.

Si eres un menor de edad o un familiar en Centroamérica …

  • Aquí hay folletos sobre el procesamiento de solicitudes en tu país: El Salvador, Honduras, Guatemala.
  • Si estas aprobado para viajar a los EE.UU., aquí encontrarás información sobre qué empacar y qué esperar en el aeropuerto.

Si eres un padre que vive en los EE.UU., aquí hay un folleto sobre el programa CAM.

Para defensores y abogados ayudando a las familias CAM, haga clic aquí.

Los beneficiarios aprobados para viajar a los EE.UU. con permiso humanitario de permanencia temporal CAM volarán gratuitamente.

Si se aprueba tu caso para viajar a los Estados Unidos, la OIM se comunicará contigo para programar una fecha para tu vuelo a los Estados Unidos. Se te pedirá que viajes a la ciudad capitalina de tu país el día antes de tu vuelo y que pases la noche en un hotel. El nuevo programa generoso, liderado por United Airlines (Aerolíneas United), The Shapiro Foundation (La Fundación Shapiro) y otros donantes de EE.UU., pagará todos los gastos relacionados con tu viaje, incluidos tus vuelos, el alojamiento en el hotel la noche anterior al vuelo, el traslado desde el hotel al aeropuerto y la escolta de vuelo para menores que viajen sin un adulto.

La OIM está reembolsando los gastos de vuelo de las familias que pagaron los vuelos antes de que comenzara el nuevo programa. Si pagaste los vuelos y no haz recibido un reembolso, por favor contacta a la OIM (los números de teléfono en cada país a continuación):

  • El Salvador: + 503-2521-0500 opción 1
  • Honduras: +504 2237-7460 opción 2
  • Guatemala: +502 2414-7401 ext. 7409
  • Por correo electrónico: iomsalsvcamparole@iom.int

Recibí una carta del gobierno sobre CAM en junio o julio del 2019. ¿Qué debo hacer para que se procese mi solicitud?

  • Tu solicitud se procesará si el padre que vive en EE.UU. recibió una carta del gobierno en junio o julio del 2019 que dice “Notice of Re-opening and Continued Processing for the Central American Minors Parole Program” (“Aviso de Reapertura y Procesamiento Continuo para el Programa de Permisos Humanitarios para Menores Centroamericanos”) y se ve así.
  • Si los niños y familiares en Centroamérica no han cambiado su información de contacto o no han tenido nuevos bebés, la familia no necesita hacer nada después de recibir la carta. El siguiente paso es que la OIM se comunique con los niños y los miembros de la familia en Centroamérica con información sobre los próximos pasos del procesamiento.
    • Si todavía estas esperando recibir noticias de la OIM, ten en cuenta que debido a la gran cantidad de casos reabiertos en virtud del acuerdo, el gobierno y la OIM aún no se han comunicado con muchos solicitantes.
    • Si los niños o familiares tienen una necesidad urgente de viajar (por ejemplo, por razones médicas o de seguridad), comuníquese con Adelante CIMITRA: Tel: +503 2519 5528; WhatsApp: +503 7641 3065
  • Si los niños y los miembros de la familia han cambiado su información de contacto o han tenido nuevos bebés desde que presentaron su solicitud bajo el Programa CAM, llame o envíe un correo electrónico a la OIM lo antes posible (los números de teléfono de cada país a continuación):
    • El Salvador: +503-2521-0500 opción 1
    • Honduras: +504 2237-7460 opción 2
    • Guatemala: +502 2414-7401 ext. 7409
    • Por correo electrónico: iomsalsvcamparole@iom.int
  • En el pasado, es posible que te hayas comunicado con el gobierno en una dirección de correo electrónico diferente (cam@uscis.dhs.gov), y si es así, el gobierno puede pedirte que reenvíes tu información a la OIM utilizando el correo electrónico o los números de teléfono anteriormente mencionados. Si te solicita que reenvíes tu información o si no recibiste una respuesta a un correo electrónico que enviaste a cam@uscis.dhs.gov, por favor comunicate con la OIM.
  • ¿Qué pasa si presentaste solicitudes CAM para varios niños y familiares pero solo recibiste una carta del gobierno sobre algunos de ellos?
    • Es posible que solo algunos de tus hijos y familiares sean elegibles para el procesamiento CAM ahora. Puedes verificar qué niños y familiares son elegibles ingresando el número de caso CAM de cada persona en la herramienta de búsqueda en línea del gobierno en esta página web. Mire este video en español para obtener instrucciones paso a paso sobre cómo usar la herramienta.
  • ¿Qué sucede si recibí la carta pero mi familia presentó una Petición para Revisión (RFR, por sus siglas en inglés) para estado de refugiado que fue denegada?
    • La solicitud aún será procesada. La RFR desafía la decisión del gobierno de negar el reasentamiento de refugiado en los Estados Unidos y está separada del caso CAM para Permiso Humanitario.
  • ¿Qué sucede si recibí la carta pero mi familia no presentó una Petición para Revisión (RFR, por sus siglas en inglés) para estado de refugiado?
    • La solicitud aún será procesada. La RFR desafía la decisión del gobierno de negar el reasentamiento de refugiados en los Estados Unidos y está separada del caso CAM para Permiso Humanitario.
  • ¿Qué pasa si los niños o los miembros de la familia ya no quieren venir a los Estados Unidos?
    • Es la elección del niño o miembro de la familia si participa o no en CAM Permisos Humanitarios. Si no están interesados en venir a los Estados Unidos no necesitan participar en el procesamiento.

No recibí una carta del gobierno sobre esto. ¿Se procesará mi solicitud según la decisión judicial?

      • Si el padre en los EE. UU. no recibió la carta del gobierno, busca tu número de caso CAM y buscalo utilizando esta herramienta en línea del gobierno. Este video muestra cómo encontrar tu número de caso CAM en los documentos CAM que recibiste del gobierno en el pasado. Si no puedes encontrar tu número de caso de CAM, visita la agencia de reasentamiento local que te ayudó a presentar tu solicitud de CAM para obtener ayuda.
      • Si la herramienta de búsqueda del gobierno dice que usted califica para el procesamiento y el padre en los EE.UU. todavía tiene estatus legal en los Estados Unidos, envíe un correo electrónico al gobierno a cam@uscis.dhs.gov para informarle que no recibiste la carta, pero la herramienta de búsqueda en línea dice que tu familia es elegible para el procesamiento CAM. El video en la parte superior explica cómo hacer esto. Es probable que el gobierno también te pida que actualices tu dirección utilizando este formulario.
      • Si la herramienta de búsqueda del gobierno dice que no calificas para el procesamiento, es porque el gobierno cree que tus hijos y tus familiares no fueron aprobados condicionalmente para el permiso humanitario en el momento en que finalizó el programa. Es posible que puedas demostrar que el gobierno está equivocado si tienes una copia de una carta del gobierno con las palabras NOTICE OF ELIGIBILITY FOR PAROLE (“AVISO DE ELEGIBILIDAD PARA PERMISO HUMANITARIO DE PERMANENCIA TEMPORAL”) en la última o penúltima página o una carta con las palabras NOTICE OF RESCISSION OF CONDITIONAL APPROVAL (“AVISO DE RESCISIÓN DE APROBACIÓN CONDICIONAL”) fechada a partir de agosto del 2017. Puede ver ejemplos aquí.
      • Si crees que el gobierno está equivocado sobre tu caso o necesitas ayuda, llama a la línea directa CAM al (917) 410-7546, o al +503 2113 3539 (El Salvador).

¿Cómo afectarán los cambios a mi familia el procesamiento de mi solicitud de Permiso Humanitario CAM bajo la decisión judicial?

Si eres el padre que vive en EE.UU. que presentó la solicitud CAM:

  • ¿Se procesará la solicitud si ya no tengo estado legal en los EE.UU.?

No. El padre en EE.UU. debe tener estado legal para que se procese la solicitud CAM. El estado legal incluye el Estado de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés), el Estado de Residente Permanente Legal (LPR, por sus siglas en inglés), Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés), la acción diferida (no DACA), la salida forzada diferida, la retención de expulsión y la libertad condicional.

  • ¿Se procesará la solicitud si fui arrestado o condenado por un delito después de haber presentado la solicitud CAM?
Quizás. Es posible que un arresto o una condena hayan afectado tu estado legal en los Estados Unidos y, por lo tanto, la elegibilidad de tu familia para el procesamiento de CAM. Te recomendamos hablar con un abogado de inmigración sobre el efecto de cualquier arresto o condena en tu estado legal. Puedes encontrar un abogado en tu área utilizando este enlace: immi.org/es.
  • ¿Se procesará la solicitud si recibí una carta que dice Request for Evidence (Solicitud de Evidencia)?
Quizás. Si recibiste una carta del gobierno que dice “Notice of Re-opening and Continued Processing for the Central American Minors Parole Program and Request for Evidence” (“Aviso de Reapertura y Procesamiento Continuo para el Programa de Permisos Humanitarios para Menores Centroamericanos y Solicitud de Evidencia”), que se ve así, significa que el gobierno cree que ya no tienes un estatus legal en los Estados Unidos. El gobierno podría estar equivocado. Si recibiste esta carta, busca información de contacto para abogados bajo “¿Necesito Ayuda Legal para que se Procese Mi Solicitud CAM?”

Si eres un beneficiario (hijo o familiar) en Centroamérica:

  • ¿Se procesará la solicitud de un niño si ahora tiene más de 21 años?
Sí, siempre y cuando la solicitud CAM del niño haya sido aprobada condicionalmente.
  • ¿Se procesará la solicitud si el niño se ha casado?
No. Si el niño se ha casado legalmente, el niño no es elegible para el permiso humanitario de permanencia temporal CAM. Sin embargo, si el niño vive con otra persona pero no está legalmente casado, la solicitud aún se procesará. Puedes encontrar información específica de cada país en estos folletos: El Salvador; Honduras; Guatemala (folleto en preparación). Si tienes preguntas adicionales después de leer los folletos, llama a la Línea Directa CAM.
  • ¿Se procesará la solicitud si el niño o un familiar tuvieron un nuevo bebé?
Sí, y el nuevo bebé puede ser elegible para ser agregado al caso CAM. Cuéntale al gobierno sobre el nuevo bebé. Este video en español tiene información sobre cómo enviar información actualizada sobre nuevos bebés al gobierno.
  • ¿Se procesará la solicitud si el niño o familiar no vive en el mismo país en el que se encontraba antes?
Quizás, si el beneficiario vive en uno de los países CAM: El Salvador, Honduras y Guatemala. Si están fuera de esos países, pueden regresar a uno de los países CAM para ser procesados. Si están fuera de los países, puede que quieran consultar a un abogado para analizar sus mejores opciones para reunirse en los Estados Unidos. Puede encontrar información de contacto para abogados en “¿Necesito Ayuda Legal para que se Procese Mi Solicitud CAM?”
  • ¿Se procesará la solicitud si el niño o miembro de la familia ha sido deportado de los Estados Unidos?

Quizás. Ser deportado de los Estados Unidos en el pasado no descalifica automáticamente su solicitud CAM. Sin embargo, el gobierno puede considerar la deportación previa al decidir si aprueba o no que el niño o familiar viaje a los Estados Unidos.

El gobierno me pidió que hiciera una nueva entrevista. ¿Qué debo esperar?

Algunos beneficiarios pueden ser contactados para una nueva entrevista con el gobierno. Si tu o tu familia son contactados para una nueva entrevista, por favor llama a la Línea Directa CAM lo antes posible:

          • Línea Directa en EE.UU.: (917) 410-7546
          • Línea Directa de El Salvador: +503 2113 3539

Los niños y familiares en Centroamérica también deben comunicarse con la Línea Directa CAM para obtener ayuda si es que los arrestaron o condenaron por un delito, o si ingresaron previamente a los Estados Unidos, fueron detenidos por funcionarios de inmigración y se les exigió que abandonaran los Estados Unidos.

La Línea Directa CAM, que trabaja con IRAP, puede conectarte con un abogado para ayudarte a preparar para tu nueva entrevista.

Tengo preguntas sobre los pasos de procesamiento de la solicitud, incluyendo los exámenes médicos.

        • La OIM en América Central se está comunicando con las familias elegibles con información sobre los próximos pasos de procesamiento.
        • Todos los beneficiarios de CAM deben completar un examen médico, incluso si completaste un examen en el pasado, antes de que se terminara el programa CAM. El examen debe ser realizado por un médico aprobado por el gobierno de EE. UU.
        • Este es el proceso:
          • La OIM se comunicará con el padre que vive en los EE.UU. para pagar el examen médico (mediante cheque bancario, giro postal o tarjeta de crédito Visa o Mastercard). Si tienes problemas para pagar el examen, dícelo a la OIM.
          • La OIM proporcionará a los niños o familiares la fecha y la dirección de la clínica para el examen médico.
          • Los costos del examen médico varían según el país de residencia y la edad del beneficiario. Estos son los costos estimados para casos en los que no se necesita seguimiento:
            • El Salvador: $ 260 para adultos; $ 145 para niños, $ 65 para bebés
            • Honduras: $ 160 para adultos; $ 150 para niños; $ 65 para bebés
            • Guatemala: $ 245 para adultos; $ 200 para niños; $ 90 para bebés
          • El examen médico analiza si hay alguna razón relacionada con la salud por la que no se le debe permitir ingresar a los Estados Unidos, como tener una enfermedad contagiosa, no recibir vacunas importantes, tener un trastorno físico o mental asociado con un comportamiento dañino o abusar de las drogas o ser un drogadicto.
          • Durante el examen, el médico realizará pruebas para determinar si tienes alguna afección médica. El médico también notará si tienes tatuajes o cicatrices. Y, el médico realizará una prueba de drogas y puede preguntarte si usas drogas, marihuana o alcohol. Si tienes preguntas antes de tu examen médico, llama a la Línea Directa CAM.
          • El médico probablemente te preguntará sobre cualquier vacuna que hayas tenido en el pasado. Si tienes registros de tus vacunas pasadas, debes llevar esos registros a tu examen médico para evitar tener que pagar por vacunas repetidas.
          • Si el médico decide que necesitas analisis medicos de seguimiento, es posible que tengas que pagar tarifas adicionales y programar otra cita. La OIM se comunicará con tu familia con más información.
          • Si anteriormente recibiste información de la Embajada de los EE.UU. sobre cómo programar un examen médico y estas confundido, llama a la OIM para obtener ayuda:
            • El Salvador: + 503-2521-0500 opción 1
            • Honduras: +504 2237-7460 opción 2
            • Guatemala: +502 2414-7401 ext. 7409
        • Los resultados de tu examen médico se enviarán a la OIM y al gobierno. El gobierno determinará si haz aprobado tu examen médico y los controles de seguridad.
        • ¿Qué sucede después de tu examen médico?
          • Puedes ser contactado para una nueva entrevista con el gobierno. Si es así, comunícate con la Línea Directa CAM lo antes posible.
          • Si aprueban tu examen médico y los controles de seguridad, la OIM se comunicará contigo para organizar tu viaje a los Estados Unidos. Como se mencionó anteriormente, tu vuelo y otros costos de viaje son gratuitos.
          • Los resultados del examen médico son generalmente válidos por 6 meses. *Si los exámenes médicos expiren debido a
            restricciones de viaje relacionados con el coronavirus, no tendrás que pagar los exámenes médicos repetidos como resultado de una generosa donación de The Shapiro Foundation (La Fundación Shapiro).*

He sido aprobado para viajar a los Estados Unidos. ¿Qué sigue?

      • Lee esta Guía de Recién Llegados para obtener más información sobre qué empacar en tu equipaje de mano y qué esperar en el aeropuerto.
      • Para viajar, necesitaras un pasaporte, y si eres un niño puede que necesites documentos adicionales para salir de tu país. Puedes encontrar más información específica del país aquí: El Salvador; Honduras; Guatemala (viene pronto el folleto). Si tienes preguntas adicionales, la organización sin fines de lucro salvadoreña CIMITRA puede ayudarte: +503 2519 5528 / +503 7641 3065.
      • Ten en cuenta que en la fecha en que viajes, los resultados de tu examen médico aún deben ser válidos y tu padre que vive en EE.UU. debe seguir teniendo estatus legal en los Estados Unidos.

¿Necesito encontrar un abogado que me ayude con el procesamiento de mi solicitud de Permiso Humanitario de Permanencia Temporal CAM bajo la decisión de la corte?

En la mayoría de los casos, no. La mayoría de los solicitantes no deberían necesitar ayuda legal con el procesamiento de sus solicitudes de permiso humanitario de permanencia temporal CAM porque los pasos de procesamiento restantes solo deben incluir examenes medicos, controles de seguridad y programación de vuelos. Sin embargo, debes comunicarte con un abogado de inmigración en tu área en las siguientes situaciones. Puedes usar este recurso para encontrar un abogado de inmigración.

          1. El padre en EE.UU. recibió una carta del gobierno que dice “Notice of Re-opening and Continued Processing for the Central American Minors Parole Program and Request for Evidence” (“Aviso de Reapertura y Procesamiento Continuo para el Programa de Permisos Humanitarios para Menores Centroamericanos y Solicitud de Evidencia”), que se ve así. Un pequeño grupo de padres recibió esta carta, lo que significa que el gobierno cree que el padre en Estados Unidos ya no tiene estatus legal en los Estados Unidos. El padre en los EE.UU. debe comunicarse con un abogado antes de tomar cualquier otra medida en el caso CAM.
          2. El padre en los EE.UU. ha sido arrestado o condenado por un delito después de haber presentado la solicitud CAM. El padre en EE.UU. debe contactar un abogado para asegurarse de que todavía tiene un estatus legal en los Estados Unidos.
          3. Los niños en la solicitud ya no se encuentran en El Salvador, Honduras o Guatemala. Deben comunicarse con un abogado para comprender sus mejores opciones para venir o permanecer en los Estados Unidos.

Además, si encuentra alguno de los siguientes problemas de procesamiento, debe llamar a la Línea Directa CAM: (917) 410-7546, +503 2113 3539 (El Salvador).

          1. Si se les pide a los niños o familiares en la solicitud que realicen una nueva entrevista con el gobierno, llama a la Línea Directa CAM lo antes posible. Es posible que puedan conectarte con un abogado para ayudarte a preparar antes de tu nueva entrevista.
          2. Si los niños o familiares en la solicitud han sido arrestados o condenados por un delito, o si previamente ingresaron a los Estados Unidos, fueron detenidos por funcionarios de inmigración y se les exigió que abandonaran los Estados Unidos.
          3. Se te aprobó condicionalmente para el permiso humanitario de permanencia temporal, pero el gobierno no cree que seas elegible para el procesamiento CAM ahora (no recibiste una carta en el verano del 2019, y la herramienta de búsqueda en línea del gobierno dice que no eres elegible para el procesamiento).
          4. Recibiste una carta diciendo que tu aplicación CAM está siendo cerrada “administrativamente”.

Pasos importantes a seguir después de tu llegada a los Estados Unidos.

  • Consulte este folleto (en español e inglés) para aprender los pasos importantes a seguir después de llegar a los Estados Unidos, recursos útiles y consejos sobre el permiso humanitario de permanencia temporal CAM, autorización de empleo y elegibilidad para beneficios.
  • Verifica el sello que recibiste de los funcionarios de inmigración que dice cuánto dura tu permiso humanitario de permanencia temporal CAM. Puedes ver un ejemplo del sello CBP en esta Guía de Recién Llegados. ¿El sello dice que tu permiso humanitario de permanencia temporal dura menos de 2 años?
  • Debido a un error, el gobierno otorgó solo 1 año de permiso humanitario de permanencia temporal a todos o casi todos los beneficiarios de CAM que ingresaron a los Estados Unidos bajo el acuerdo judicial antes del 28 de enero de 2020. Estos beneficiarios de permiso humanitario de permanencia temporal CAM deberían haber recibido 2 años de permiso humanitario. El gobierno dice que ahora ha solucionado el error en su sistema electrónico, lo que significa que los beneficiarios de CAM afectados se les ha otorgado 2 años de permiso temporal desde la fecha en que ingresaron a los Estados Unidos. Si te vio afectado por el error, deberías recibir una carta del gobierno explicando lo que sucedió y no hay nada más que se deba hacer. Si deseas una prueba de la fecha de finalización de tu permiso temporal, puedes obtener una copia electrónica de tu Formulario I-94 en este sitio web del gobierno.
    • Si tienes preguntas, comunícate con la Línea Directa CAM: (917) 410-7546.
  • Los beneficiarios de CAM que ingresaron a los EE.UU. a partir del 28 de enero del 2020 deben recibir 2 años de permiso humanitario en casi todos los casos. Si recibiste menos de 2 años de permiso humanitario el 28 de enero del 2020 o después, comunícate con la Línea Directa CAM: (917) 410-7546.
  • Una vez que los niños y familiares lleguen a los Estados Unidos con permiso humanitario CAM, es importante que hablen con un abogado de inmigración lo antes posible.
    • El permiso humanitario CAM generalmente dura dos años. Los niños y familiares pueden solicitar una ayuda de inmigración más permanente, pero puede haber fechas limite para la presentación que aplican poco después de la llegada. Por ejemplo, las solicitudes de asilo generalmente deben presentarse dentro del año posterior a la llegada a los Estados Unidos.
    • Si los beneficiarios de CAM desean trabajar en los Estados Unidos, deben solicitar una autorización de trabajo y un abogado de inmigración puede ayudarles.
      • Aquí está la información que el gobierno proporcionó sobre la autorización de trabajo para los poseedores de permiso humanitario en las cartas de verano del 2019 sobre el procesamiento de permiso humanitario CAM bajo el acuerdo judicial: “Los beneficiados con el permiso CAM no reciben una autorización de empleo en Estados Unidos automáticamente. Si desea trabajar mientras se encuentre en Estados Unidos con el permiso CAM pueda solicitor una autorización de empleo presentando el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, junto con los documentos requeridos, y ya sea el pago de la tarifa aplicable o un Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas. En el formulario I-765 seleccione la categoría c(11) “Permiso basado en Interés Público.” Si se aprueba su Formulario I-765, recibirá un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) válido hasta la fecha de vencimiento de su permiso CAM. Si usted desea continuar trabajando en Estados Unidos después de esa fecha, su permiso debe haber sido aprobado por otro período y después presentar nuevamente el Formulario I-765, junto con la tarifa o la solicitud de exención de tarifa.”
      • USCIS emitió una regulación que limita la autorización de trabajo basada en el permiso humanitario de permanencia temporal para los solicitantes de asilo que pasaron pruebas de detección de miedo creíbles. Los que cuentan con el permiso humanitario de permanencia temporal bajo CAM no se ven afectados por esta regulación. Usted puede continuar solicitando autorización de trabajo bajo 8 C.F.R. 274a.12(c)(11).
  • Es posible que empleadores potenciales u otras personas soliciten tu “información de admission” o tu Formulario I-94. Este es un documento del gobierno que muestra las fechas en que comienza y finaliza tu permiso humanitario CAM. Puedes obtener una copia electrónica de tu Formulario I-94 (o el formulario para otra persona con su consentimiento) en este sitio web del gobierno.
  • Aquí están recursos comunitarios para los beneficiaros de CAM en varias regiones de los Estados Unidos. Revise esta lista pronto para más recursos!

Para los beneficiarios CAM que viajaron a los EE.UU. en el 2017 o antes, antes de que finalizara el programa CAM:

      • Vine a los Estados Unidos como beneficiario CAM en el 2015, 2016 o el 2017. ¿Soy elegible para el procesamiento CAM ahora?
        • No. El caso judicial solo ayuda a las personas que aún se encuentran en Centroamérica porque no pudieron viajar a los Estados Unidos antes de que finalizara el programa CAM.
        • Si tu familiar viajó a los Estados Unidos con permiso humanitario CAM en el pasado, es probable que su permiso humanitario CAM ya haya expirado. Deben contactar a un abogado de inmigración para discutir sus opciones legales. Puedes encontrar abogados de inmigración de bajo costo en tu área utilizando este sitio web: immi.org/es. Immi.org también tiene un cuestionario en línea para ayudar a tu familiar a comprender sus opciones legales: https://www.immi.org/es/home/prescreening.
      • El gobierno dijo que podría solicitar un nuevo permiso humanitario utilizando el Formulario I-131. ¿Debo hacer eso?
          • Debes hablar con un abogado de inmigración sobre tu caso en particular antes de tomar cualquier medida. Puedes encontrar un abogado de inmigración de bajo costo en tu área utilizando este sitio web: immi.org/es.
          • Incluso si solicitas una nuevo permiso humanitario utilizando el Formulario I-131, el gobierno puede denegar tu solicitud o otorgarte permiso humanitario por solo unos pocos meses. Puedes recibir una carta en la que se te concede “Libertad condicional limitada para salir de los Estados Unidos”, específicamente, permiso humanitario a la fecha de la carta de decisión más 90 días para darle a la persona tiempo para salir de los EE.UU. o buscar el estatus de inmigración legal. Si no te retiras como lo requiere la carta, podrías acumular presencia ilegal, ser puesto en proceso de deportación y / o quedar excluido de futuros beneficios de inmigración en los EE.UU.

Tengo preguntas generales sobre el programa CAM y la decisión de la corte que re-abrió el programa.

Historial:

El programa CAM permitió que los niños en peligro en Centroamérica se reunieran con sus padres que se encontraban legalmente en los Estados Unidos. El programa comenzó en el 2014 en respuesta a un número cada vez mayor de niños centroamericanos realizando el largo y peligroso viaje por tierra a la frontera de los EE.UU. El gobierno procesaba a los solicitantes de CAM en sus países de origen, y los niños y familiares que eran aprobados viajaban por avión a los Estados Unidos. Los solicitantes de CAM podrían ser reasentados como refugiados u obtener libertad condicional humanitaria temporal en los Estados Unidos, y para fines del 2016, aproximadamente 3,000 personas habían viajado a los Estados Unidos a través de CAM.

En agosto del 2017, la Administración de Trump cerró la parte de libertad condicional del programa CAM– incluso para 2,714 niños y familiares que ya habían sido aprobados condicionalmente por el gobierno y estaban en las etapas finales de procesamiento (algunos ya habían comprado boletos de avión).

Historia del Caso:

Documentos Legales

 

Nunca recibí un reembolso del gobierno por las cuotas que pagué por la prueba de ADN CAM.

Como parte del programa CAM, se le requirió que pagara una prueba de ADN para demostrar que tiene una relación biológica con su(s) hijo(a)(s). Muchos solicitantes pagaron aproximadamente $400 por niño(a) con quien se le solicitó una muestra de ADN. Si los resultados de la prueba demostraron su relación biológica con todo(a)(s) su(s) hijo(a)(s), debería haber recibido un reembolso por las cuotas de las pruebas de ADN del gobierno —independientemente de si su familia haya sido finalmente aprobada para viajar o haya terminado el procesamiento de la solicitud CAM. Si no recibió un reembolso, aún puede ser elegible para el reembolso del gobierno —independientemente de cuánto tiempo haya pasado desde que pagó las cuotas de las pruebas de ADN.

¿Qué puedo hacer para ver si soy eligible para un reembolso? 

Usted tiene dos opciones:

1. Usted puede proporcionar su información directamente al Departamento de Estado para que ellos puedan procesar su reembolso. Haga clic aquí para instrucciones más detalladas.

2. Usted puede comunicarse con la agencia de reasentamiento que le ayudó a enviar su solicitud CAM. Si cambió su dirección en cualquier momento desde que solicitó para el programa CAM, es posible que deba presentar un formulario de cambio de dirección antes de que el gobierno pueda enviarle su cheque. La agencia de reasentamiento puede ayudarle a hacer esto. Para más información del Departamento de Estado, vea aquí para una Hoja Informativa y un documento de Preguntas Frecuentes. Para una versión de estos documentos traducido al español por la Línea Directa CAM, vea aquí.